Anticipos
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Anticipos
Este beneficio tiene el propósito de auxiliar, exclusivamente, a aquellos asociados que no disponen de los medios económicos necesarios para solventar o mitigar la situación que se les presenta por problemas de salud o discapacidad.
Rango por edad | Monto máximo de anticipo por asociado |
---|---|
Entre 30 años y menos de 35 años |
553.000,00 |
Entre 35 años y menos de 50 años |
1.330.000,00 |
Entre 50 años y menos de 60 años |
1.668.000,00 |
De 60 años y más |
2.450.000,00 |
Condiciones generales
- Haber cotizado para el sistema mutual un mínimo de 120 cuotas (10 años).
- Haber formalizado el expediente de seguro mutual (formulario designación de beneficiarios).
- Estar al día con sus obligaciones con la Sociedad de Seguros de Vida del Magisterio Nacional, lo que incluye: póliza mutual, créditos, fianzas y codeudas.
- Presentarse de manera personal a oficinas centrales o cualquiera de nuestras sucursales a realizar una entrevista preliminar y entregarle la lista de requisitos para el trámite.
- Los gastos por atención médica serán aprobados únicamente cuando no sean cubiertos por la Caja Costarricense de Seguro Social.
- La suma máxima por asociado es acumulativa y no independiente.
- El trámite de las solicitudes estará en función de la disponibilidad presupuestaria de la institución y del análisis socioeconómico respectivo.
Planes de atención
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Plan Gastos Médicos
Para aquellos asociados que estén sometidos a un tratamiento médico especializado en la Caja Costarricense de Seguro Social (C.C.S.S.) y requieran de servicios médicos adicionales como: cirugías y/o tratamientos de urgencia, medicamentos, rehabilitación, prótesis corporales y otros aditamentos necesarios no suministrados por la Institución.
Adicionalmente, se contempla a los asociados que se encuentren con un tratamiento médico especializado en la Caja Costarricense de Seguro Social (C.C.S.S.) y deban ser enviados al exterior para continuarlo y para ello requieran de recursos económicos adicionales que aquella Institución no suministre.
No se considera dentro del beneficio los gastos por servicios o tratamientos médicos realizados previo a la solicitud de anticipo especial, ni aquellos que se consideran de carácter estético. Se exceptúan aquellas cirugías que por la edad y/o el estado de salud del asociado se consideren de emergencia. La solicitud deberá presentarse en un plazo máximo de 90 días naturales, a partir de la fecha de su realización.
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Plan Vulnerabilidad
Aquellos asociados que presenten algún tipo de discapacidad permanente o un estado de vulnerabilidad, debidamente comprobados y sus ingresos sean insuficientes para cubrir sus necesidades alimentarias.
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Anticipo por Enfermedad Terminal
El asociado, indistintamente de su edad, que se encuentre en fase terminal, podrá solicitar un anticipo especial. Su monto será de ¢2 800 000,00 (dos millones ochocientos mil colones), que será desembolsado en dos tractos iguales.
Condiciones generales
- Haber cotizado al menos treinta y seis primas consecutivas para la póliza mutual.
- Haber formalizado su expediente de Seguro Mutual.
- Estar al día en sus obligaciones con la Sociedad (póliza mutual, créditos, fianzas y codeudas). Se exceptúan, según análisis técnico de Trabajo Social, aquellos asociados que mantengan créditos atrasados con la Sociedad y requieran el anticipo para atender necesidades que se le presentan.
- Aportar certificado médico extendido exclusivamente por la Caja Costarricense del Seguro Social, en el que se haga constar la enfermedad que padece, así como que se encuentra en estado terminal.