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Subsidios
Los asociados que padezcan de alguna de las enfermedades crónicas establecidas en el Reglamento de Subsidios, podrán optar por el beneficio económico de un subsidio.
Tipos de subsidios
Asociados activos
Los asociados activos tienen acceso a un subsidio por ₡ 60.000 por año.
Asociados pensionados
Los que se mantiene afiliados tienen acceso a un subsidio de ₡ 93.000 por año.
Requisitos
Requisitos básicos para solicitarlo:
- Haber cotizado al menos 120 cuotas a la póliza mutual.
- Estar al día en el pago de sus obligaciones con la institución, lo que incluye: póliza mutual, créditos, fianzas y codeudas.
- Haber formalizado el expediente de la póliza mutual.
Documentos que deben presentar:
- Cédula de identidad vigente.
- Dictamen médico, original y actualizado (vigencia de un año) que indique o haga referencia a alguna enfermedad crónica de las indicadas en el Reglamento de Subsidios para Afiliados a la Sociedad de Seguros de Vida del Magisterio, emitido exclusivamente por la Caja Costarricense de Seguros Social con la siguiente información:
– Firma y código del médico tratante.
– Diagnóstico de la enfermedad / recomendaciones médicas.
– Cinco timbres médicos de cien colones, uno de Archivo Nacional de cinco colones y otro de la Cruz Roja de quinientos colones, de acuerdo con el Artículo 285, Ley No08 del Código Fiscal. Estos timbres también pueden cancelarse mediante entero bancario. - Si el evento médico fue una intervención quirúrgica, el dictamen deberá tener una vigencia no superior a tres meses después de efectuada la cirugía. No se contemplarán aquellas cirugías realizadas por tratamientos odontológicos y por partos (cesárea).
Importante
Debe presentar los documentos originales para efectuar el trámite. Este subsidio, tanto para asociados activos como para pensionados, se retira una vez al año.
Los subsidios de pensionados y activos son excluyentes entre sí.
El beneficio del subsidio no es retroactivo, es de cierre anual y su presupuesto se cierra año con año.
Se entregará un máximo de 15 subsidios por asociado, por lo que una vez alcanzado dicho límite, no podrá optar por el beneficio nuevamente.
Enfermedades definidas para aplicar por un subsidio
- Accidente Vascular Cerebral(AVC)
- Artritis
- Artrosis
- Cardiopatía
- Diabetes
- Escoliosis
- Infarto miocardio
- Insuficiencia cardíaca
- Lupus
- Miocardiopatía
- Osteoporosis
- Síndrome de inmovilización
- Tromboflebitis
- Tumores malignos (cáncer activo)
- Várices esofágicas



