Equipo ortopédico
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Equipo ortopédico
Ayuda orientada a la compra de equipo ortopédico con el fin de auxiliar a los asociados que no disponen de los medios económicos suficientes para solventar o mitigar una situación relacionada a problemas de salud o discapacidad.
Podrán acceder a este beneficio los hijos, padres, abuelos, nietos, hermanos (as) del afiliado, los "hijos de crianza", el cónyuge o conviviente en unión libre, así como los padres de este último.
Este servicio no permite el préstamo o alquiler de equipo, sólo la compra en casas ortopédicas con convenio con la Sociedad de Seguros de Vida.
El equipo ortopédico contemplado es:
- Andaderas
- Arnés para grúas
- Aspiradora de fluidos
- Audífonos (solo para asociados)
- Barras para baño
- Bastones
- Bidé/cacho acero inoxidable
- Cabestrillos
- Camas hospitalarias manuales o eléctricas
- Carretilla para cilindro de oxígeno
- Coderas
- Cojines/almohadas de gel
- Colchones de aire, agua o gel
- Collar ortopédico
- Concentrador de oxígeno
- Cuellos cervicales
- Cuñas ortopédicas
- Esfigmomanómetro
- Faja / corsé lumbosacro
- Férulas
- Glucómetro
- Grúas levanta personas
- Inodoros
- Mascarilla (de oxígeno)
- Mesa puente
- Muletas
- Nebulizador eléctrico
- Oxímetro
- Pedal para terapia
- Prótesis (excepto dentales y solo para asociados)
- Rodilleras
- Sillas de ruedas
- Sillas para baño
- Talonera de gel para evitar úlceras
- Termómetro
- Tobilleras
Condiciones del beneficio
Para adquirir este beneficio deberá cumplir con las siguientes condiciones:
- Haber cotizado al sistema mutual un mínimo de 60 primas.
- Cumplir con los demás requisitos establecidos en el Reglamento.
- Haber formalizado la designación de beneficiarios.
- Estar al día con sus obligaciones con la Sociedad (póliza mutual, créditos, finanzas y codeudas).
- Original del dictamen médico extendido por la Caja Costarricense del Seguro Social, que indique estado de salud y justifique la necesidad de adquirir el equipo. Aplica también para prótesis (corporales y auditivas). Estos documentos tendrán una vigencia no superior a un año a partir de su fecha de emisión y debe ser original (no se aceptan fotocopias).
- Documento original de identificación personal del asociado y copia legible de la cédula de identidad, ya sea en formato físico (fotocopia) o digital (escaneo o fotografía en archivo PDF o imagen), por ambos lados del familiar a quien se otorga el beneficio. Además, quien realiza el trámite debe presentar la cédula original.
- Factura Proforma formal que indique el número de cédula física o jurídica de la casa proveedora de equipo ortopédico (contenga convenio con la SSVMN), esta estar firmada y sellada por quien la emite, así como indicar nombre y número cédula del asociado. Además, debe desglosar el costo de los artículos requeridos, con su respectiva descripción y descuento (debe solicitarse a la casa ortopédica el descuento).
- En caso de que el equipo ortopédico sea para un familiar debe presentar: documentos probatorios del vínculo familiar (Constancia de nacimiento, matrimonio o declaración jurada en papel de seguridad), según corresponda.
Además deberá presentar la siguiente documentación:
Importante: El dictamen médico debe indicar el nombre y el número de cédula del asociado/beneficiario del equipo, mencionar la enfermedad del asociado/beneficiario, código del médico, firma y sello (los documentos digitales no tendrán sello). Adicionalmente deberán contar con los timbres de ley (cinco timbres médicos de cien colones, uno de Archivo Nacional de cinco colones y otro de la Cruz Roja de quinientos colones, de acuerdo con el Artículo 285, Ley No08 del Código Fiscal. Estos timbres también pueden cancelarse mediante entero bancario).
Casas ortopédicas con convenios
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