Reincorporación

Reincorporación

La falta de pago de tres primas consecutivas tiene como consecuencia que el asegurado pierda la protección del seguro mutual. Sin embargo, la ley prevé un procedimiento para nuevamente gozar de la cobertura del seguro, llamado reincorporación, al cual todos los asociados inactivos pueden acceder.

Requisitos

El interesado a reincorporarse deberá cancelar la totalidad de las cuotas adeudadas, contadas desde la fecha del cese hasta el mes anterior y/o al día de la reincorporación; más un cincuenta por ciento adicional por multa, de acuerdo con el artículo 501 del Código de Educación.

El monto debe cancelarse en un solo tracto. Si desea conocer el costo de reincorporación ingrese a la Sucursal Virtual, y descargue el estado de cuenta para hacer el cálculo correspondiente.

Documentos requeridos

  • Formulario de solicitud de Reincorporación.
  • Documento de identidad vigente y en buen estado.
  • Designación de beneficiarios (solo si anteriormente no había realizado esta gestión o desea modificar los beneficiarios).

Dentro de Costa Rica

El interesado deberá presentarse en cualquier sucursal del país a realizar el trámite correspondiente, o bien, realizar el trámite por medio de firma digital.

En el extranjero

Si el asociado está fuera del país, deberá hacer el trámite vía consular (Trámite de Reincorporación Vía Consular, documento suministrado por la Sociedad de Seguros de Vida) o mediante poder general.

Pensionados de Hacienda

Deberán firmar CR-RE-002 Carta de compromiso para enviar a Tesorería Nacional.

¿Tiene firma digital?

Puede realizar este tramite
digitalmente si cuenta con firma digital

  1. Descargar el formulario de solicitud de reincorporación. Enlace para descargar formulario.
  2. Completar el documento, según los espacios correspondientes y firmarlo digitalmente.
  3. Realizar el pago de las cuotas atrasadas, más el 50% correspondiente a costos por reincorporación.
  4. Solicitar una cita virtual para ser atendido por nuestros agentes, donde se hará la recepción de la solicitud de reincorporación, el comprobante de pago y una copia del documento de identificación. Enlace para solicitar cita.
  5. Importante: El trámite de llenar la designación de beneficiarios no se puede realizar por medio de poder especial, general o generalísimo. Si el asociado en el momento de reincorporarse no ha realizado la gestión debe hacerlo de forma personal, o bien, mediante firma digital. Para optar por esta última opción puede consultar el proceso en este enlace.

Condición de disputabilidad para reincorporados

Será disputable todo reclamo de aquel asociado cuyo deceso se produzca dentro de los primeros 12 meses, a partir de la fecha de su última reincorporación aprobada; esto como consecuencia de alguna enfermedad, estado o condición física o mental, lesión o accidente del cual tuviere conocimiento en el momento de hacer la solicitud de reincorporación y que no declaró.

Dispositivos

Sucursal Virtual

¿Necesita conocer su estado de cuenta o actualizar su información como asociado? Gestione estos trámites de forma fácil y desde cualquier lugar a través de nuestra sucursal virtual.

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